El proceso contractual para la elección de la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones ha estado marcado por controversias y cuestionamientos sobre la transparencia y el cumplimiento de las normas de contratación pública. Una de las más recientes preocupaciones surge de la falta de respuesta clara y oportuna tanto por parte de Servicios Integrales del Estado Colombiano (SIEC S.E.M. S.A.S.) como de la Cancillería a las consultas trasladadas por derechos de petición.
Una Respuesta Evasiva
En el segundo derecho de petición presentado, se solicitó a la Cancillería:
- Suspender el proceso contractual hasta que se aclaren las irregularidades detectadas.
- Proveer copia del acto administrativo que sustenta la contratación directa con SIEC.
- Certificar la composición accionaria actualizada de SIEC.
- Aclarar la naturaleza jurídica de SIEC y su cumplimiento con los requisitos para ser considerada mayoritariamente pública.
- Confirmar si SIEC solicitó autorización previa a su junta directiva para subcontratar con E-voting.
La Cancillería respondió que ciertos puntos ya habían sido resueltos en peticiones previas, amparándose en el artículo 19 de la Ley 1755 de 2015 sobre peticiones reiterativas. Sin embargo, este argumento no responde adecuadamente al nivel de detalle requerido para una situación tan delicada.
Falta de Respuesta de SIEC
Un aspecto preocupante es que, a la fecha, SIEC no ha emitido respuesta al traslado del primer derecho de petición realizado por la Cancillería. Este silencio refleja una preocupante falta de compromiso con la transparencia por parte del contratista principal. La falta de respuesta también plantea interrogantes sobre la supervisión que ejerce la Cancillería sobre SIEC en el marco del contrato.
Problemas de Supervisión y Publicidad
En su respuesta, la Cancillería señaló que la composición accionaria de SIEC y otros documentos relevantes están disponibles en el expediente electrónico en SECOP. Sin embargo, limitarse a remitir a los interesados a una plataforma pública no reemplaza la necesidad de emitir respuestas claras, completas y oportunas que aclaren las dudas específicas planteadas.
Al intentar descargar la información sobre la empresa SIEC (Documentos aportados por el contratista) que relacionan en la respuesta a nuestro derecho de petición, es imposible descargarla, inténtelo usted mismo haciendo clic al siguiente enlace de SECOP.
Además, la afirmación de que la naturaleza jurídica de SIEC está justificada en los estudios previos es insuficiente si no se detalla cómo se verificó que esta sociedad cumple con los requisitos legales para ser considerada una entidad mayoritariamente pública. Esta condición es crucial, ya que sustenta la contratación directa bajo la modalidad de contratación interadministrativa.
Consecuencias para la Confianza Pública
La falta de transparencia de SIEC y la Cancillería en este caso tiene un impacto directo en la confianza pública. Cuando las instituciones no responden de manera clara y oportuna, se genera una percepción de opacidad que afecta la legitimidad de los procesos administrativos y contractuales.
Urgencia de Respuestas Claras
Para garantizar la transparencia y la confianza en este proceso, es fundamental que:
- SIEC emita una respuesta clara y detallada a la consulta trasladada por la Cancillería.
- La Cancillería ofrezca más detalles sobre cómo verificó la composición accionaria y la naturaleza pública de SIEC.
- Se investigue el cumplimiento de las normas de contratación pública, especialmente en lo referente a la subcontratación de E-voting.
La transparencia no es solo un principio administrativo; es un requisito indispensable para la legitimidad de cualquier proceso contractual público. Sin respuestas claras, este caso seguirá siendo un ejemplo preocupante de cómo no gestionar un proceso de contratación pública.
Descargue aquí la respuesta a nuestro segundo derecho de petición.
Artículos Relacionados:
- #Evoting: Empresa chilena interviene políticamente en asuntos de Colombia
- Críticas a la metodología de Cancillería – Evoting para la Selección de Representantes en la Mesa Nacional de la Sociedad Civil para las Migraciones
- Opinión: ¿Por qué razón consideramos que el proceso de eleción de la MNSCM no es legítimo? #RumboALaMesa
- ¿Es Legal la Contratación Directa con SIEC S.E.M. S.A.S. por parte de la Cancillería?.
- El Caso SIEC S.A.S. y eVoting: Subcontratación No Autorizada y Posibles Irregularidades
- Cancillería aclara que no tiene acuerdos suscritos con la empresa chilena E-voting
Deja una respuesta